miércoles, 8 de mayo de 2013

CAMBIO EN LOS APORTES PARAFISCALES A PARTIR DEL 01 DE MAYO.


BOLETÍN INFORMATIVO DSA -08 MAYO 2013-

A partir del pasado 01 de Mayo, fecha de entrada en vigencia del sistema de retención en la fuente para efectos del recaudo del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE, el Decreto 862 del 26 de abril del 2013, en cumplimiento de los establecido en el Art 25 de la Ley 1607 de 2012, contempla las condiciones para la exoneración de los aportes parafiscales como sigue:
  • Las sociedades, y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE, estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes equivalentes por el 2013 a $ 5.895.000.
  • Las personas naturales que empleen mediante contrato laboral más de DOS (2)trabajadores estarán exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al SENA y al ICBF por los empleados que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  •  A partir del 1 de enero de 2014, los contribuyentes mencionados anteriormente, estarán exonerados de las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud de que trata el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • No son beneficiarios de la exoneración prevista anteriormente:

    1. Las entidades sin ánimo de Lucro.

    2. Las sociedades declaradas como Zonas Francas  a 31 de Diciembre de 2012 o que hubieran radicado dicha solicitud.

    3. Los usuarios que se encuentren sujetos a la tarifa especial del impuesto sobre la renta del 15% establecida en el inciso primero del artículo 240-1 del Estatuto Tributario.

    4. Quienes no estén previstos como sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE.

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