BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 05 DE FEBRERO DE 2014 -
Como complemento a la Ley 1636, a partir del mes de febrero se reglamento con el Decreto 135 del 31 de enero de 2014, el esquema de ahorro de cesantías y se establece el mecanismo de protección al cesante, con beneficio económico proporcional al ahorro.
En general todo trabajador que haya estado afiliado durante un año a una caja de compensación familiar y pierda su puesto de trabajo, tendrá una cobertura automática hasta por seis meses, siempre y cuando el desempleado vaya al servicio de empleo y se capacite en busca de un nuevo trabajo. El seguro de desempleo cubrirá la cuota de salud, pensión y si tiene, el subsidio familiar.
Este nuevo decreto, 135 de 2014, agrega un aspecto voluntario. Cobija a los trabajadores dependientes, de salario integral e independiente que se encuentren afiliados a las Cajas de Compensación familiar, quienes podrán ahorrar una parte de sus cesantías y en contraprestación, contar con el apoyo del Gobierno para cuando queden sin trabajo. Este así mismo, se podrá utilizar por seis (06) meses y cubre la salud, pensión y el subsidio familiar. El empleado puede acercarse al fondo de cesantías y a través de un formulario, dejar en ahorro un porcentaje de las cesantías, siendo el mínimo el 25%. No obstante las cesantías, no quedaran congeladas para efectos de vivienda y educación.
Cuando requiera usar el seguro de desempleo, el Gobierno le entregará un incentivo económico, el cual será del 20% para quienes devenguen menos de dos salarios mínimos legales vigentes y el 10% de lo ahorrado a quienes devenguen por encima de los dos salarios mínimos.