BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 29 DE ABRIL DE 2014 -
En el reciente Concepto No. 121 de abril 11 de 2014, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó que para establecer si los rendimientos generados por las cuotas extraordinarias previstas en una propiedad horizontal y registradas como pasivos deben ser reconocidos como ingresos, es necesario tener en cuenta las condiciones mediante las cuales fueron aprobadas por la junta de copropietarios y determinar si deben ser registrados como un mayor valor del pasivo o como ingresos en el estado de resultados. ...Seguir Leyendo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario