BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 23 DE JULIO DE 2014 -
La suspensión del contrato de trabajo, no implica la terminación del vínculo laboral, es solo una pausa en las obligaciones de las partes. No implica así mismo que se suspendan los derechos fundamentales del trabajador, como son la seguridad social, (salud y pensión). Solo se interrumpe la obligación.... Seguir Leyendo.
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