lunes, 16 de septiembre de 2013

Plazo para el envió de información subjetiva delos vigilados por supertransporte

BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 16 DE SEPTIEMBRE DE 2013 -
Los entes vigilados por la Supertransporte, deberán trasmitir el resto de la información subjetiva de los módulos: Registro  del vigilado, subjetivo o societario, y administrativo. Y la información objetiva, descrita en el capítulo III de la resolución 8595 de 2013, en las fechas establecidas a continuación, determinadas  por los últimos dos dígitos del NIT. (Sin contemplar el último número correspondiente al digito de verificación).

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