miércoles, 19 de marzo de 2014

PROTECCION Y COMPROMISOS DE LA MADRE GESTANTE.

BOLETÍN INFORMATIVO DSA  - 19 DE MARZO DE 2014  -

Durante  el  embarazo  y  después  del  parto  la  mujer  goza  de  especial  protección  y asistencia  del  Estado (Art. 43 de la Constitución). Todos estos beneficios otorgados a la madre   biológica   se  hacen  extensivos,  en  los  mismos  términos  y  en  cuanto  fuere procedente,  para  la  madre  adoptante  asimilando  la  fecha  del parto a la de la entrega oficial del menor que se adopta. La licencia se extiende al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente. Estos beneficios no excluyen al trabajador del  sector  público.

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