BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 8 DE NOVIEMBRE DE 2013 -
El día 31 de octubre fue publicada la resolución 228 mediante la cual se estable los obligados a reportar información exógena y la manera de reportar para el año 2014 que ha de elaborarse y presentarse en el 2015. Dando cumplimiento a lo señalado en la ley 1607 en su artículo 139.
Esta nueva resolución trae consigo un cambio casi total en la forma como venimos reportando. Dentro de las nuevas formas de reportar mencionaremos algunos de los principales cambios.
Divide los responsables por periodos en:
Esta nueva resolución trae consigo un cambio casi total en la forma como venimos reportando. Dentro de las nuevas formas de reportar mencionaremos algunos de los principales cambios.
Divide los responsables por periodos en:
- Informantes que deben reportar mensualmente
- Informantes que deben reportar anualmente por periodos mensuales
- Informantes que deben reportar anualmente por periodos bimestrales
- Informantes que deben reportar anualmente
Dentro de la nueva información básica a reportar a los terceros es:
- Actividad Económica ( Obligatorio )
- Correo electrónico ( Opcional )
- Teléfono Fijo ( Opcional )
- Teléfono Celular ( Opcional )
Información a reportar
Uno de los principales cambios consiste en que las personas naturales o jurídicas que en el año hayan tenido más de dos empleados con vinculación laboral deberán reportar anualmente por periodos mensuales lo siguiente:
Uno de los principales cambios consiste en que las personas naturales o jurídicas que en el año hayan tenido más de dos empleados con vinculación laboral deberán reportar anualmente por periodos mensuales lo siguiente:
- Tipo de documento tercero (trabajador)
- Número de identificación tercero (trabajador)
- Tipo de vinculación
- Condición especial del trabajador
- Conceptos y valores de pagos salariales, no salariales y de prestaciones sociales.
Por otro lado los obligados a reportar información anual por periodos bimestrales son divididos en dos:
- Personas obligadas a llevar contabilidad : los cuales deberán reportar información como
- Superintendencia que ejerce inspección
- Plan único que utiliza para registrar
- Transacciones con terceros la cual contendrá ( Numero de la cuenta, subcuenta , descripción de la cuenta , datos básicos del tercero , movimiento debito y crédito y saldo final
Cabe resaltar que esta resolución trajo consigo varios cambios que estaremos ampliando próximamente con mucho más detalle.
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