BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 28 DE NOVIEMBRE DE 2013 -
La DIAN ha puesto en su página web un proyecto de decreto por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente además de otras disposiciones, el cual regiría a partir del 1 de Enero de 2014. Uno de los puntos más llamativos de lo que implicaría la aprobación de este decreto serian las nuevas disposiciones para el pago de las declaraciones cuyo valor a pagar quede por debajo de 41, uvt según se muestra en el artículo 47 del mismo:
ARTÍCULO 47°. PLAZO PARA EL PAGO DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS CON SALDO A PAGAR INFERIOR A CUARENTA Y UNA (41) UNIDADES DE VALOR TRIBUTARIO, UVT. El plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a cuarenta y una (41) Unidades de Valor Tributario UVT ($1.127.000) (Valor 2014) a la fecha de su presentación, vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la respectiva declaración, debiendo cancelarse en una sola cuota.
Dicho artículo implicaría que todas las declaraciones tributarias que den saldo a pagar POR DEBAJO de 41 UVT deberán pagarse hasta el día de vencimiento y no como ocurre en la actualidad.
Clic aquí para descargar proyecto de decreto completo |
No hay comentarios.:
Publicar un comentario