- La afiliación a la Caja de
Compensación Familiar para las personas naturales empleadoras es
obligatoria al igual que la afiliación de sus trabajadores del servicio doméstico.
- El pago de los aportes se
realiza a través de la planilla PILA.
- Una vez realizo el proceso
de afiliación se debe realizar el registro ante un operador de la PILA
para realizar los pagos.
- Para poder afiliar
empleados de servicio se debe estar afiliado a la caja de compensación
como empleador PERSONA NATURAL.
- La base minina de
cotización para el pago de aportes en ningún caso podrá ser inferior a
un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
- Para formalizar el proceso
de afiliación como empleador puede hacerse diligenciado en forma manual
los formularios dispuestos para tal caso por cada entidad o en forma
electrónica por la página web.
- Una vez registrado como
empleador realice el proceso de afiliación de sus trabajadores del
servicio doméstico, de igual forma podrá hacerse en formulario físico o
vía electrónica.
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