BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 03 DE OCTUBRE DE 2013 -
Para el 30 de septiembre del 213 la superintendencia financiera expidió la resolución 1779 por la cual certifica el interés bancario corriente en las siguientes modalidades y periodos
- Consumo y Ordinario: entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2013.
- Microcrédito: entre el 1 de octubre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014.
Según la resolución dispuso las siguientes tasas de interés:
“Certificar en un 19.85% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y en un 34.12% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito.”
“Certificar en un 19.85% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y en un 34.12% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito.”
Al igual a través de esta tenemos el interés moratorio para las deudas tributarias que será del 29.78% y que regirá del 1 octubre al 31 diciembre del 2013, recordemos que la tasa de interés moratorio para las deudas tributarios a es calculada incrementando un 50% la tasa de interés de crédito de consumo y ordinario
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