BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 22 JULIO 2013 -
Para finales de la tercera semana de julio del 2013, fue habilitada una herramienta muy útil para aquellas personas naturales o sucesiones ilíquidas que se encuentran obligadas a declarar renta por el año gravable 2012 y que comienzan las fechas de vencimiento a partir de 9 de agosto del 2013.
Esta herramienta les permitirá consultar todos los reportes que fueron realizados por las personas jurídicas o naturales obligadas a presentar información exógena por el año 2012. En el link https://muisca.dian.gov.co/WebInteligenciacorporativa/DefInfoEconomica.faces podrán consultar reportes como:
- Saldos en cuenta bancaria (Cuentas Cte., Ahorro, CDT. Etc.) a diciembre 31 del 2012.
- Movimiento de la cuenta bancaria durante el periodo del 2012.
- Consumos de tarjeta Crédito durante el año 2012.
- Los ingresos obtenidos por (Salario, Honorarios, Servicios, Comisiones, Compra entre otros)
- Las retenciones en la fuente que le fueron practicadas.
- Entre otra información contenida en los distintos formatos de los medios magnéticos.
Cabe resaltar las siguientes consideraciones que la DIAN ha realizado sobre esta herramienta de consulta:
- Esta información corresponde a la fecha de corte del proceso (15/06/2013), por lo tanto está sujeta a los cambios y/o modificaciones que realice el obligado a reportar la información.
- Recuerde incluir todos los valores requeridos en su declaración de renta, esta información es una guía.
- Esta es una información complementaria que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias, por lo tanto no exonera al obligado de sus responsabilidades.
- Si esta información presenta inconsistencias, indicios de ilegalidad o error, el contribuyente debe comunicarse o requerir a la persona natural o jurídica que suministra la información, cuyos datos están en la columna denominada “Informante”.
- Se aclara que: la DIAN no puede cambiar o modificar la información reportada por los contribuyentes a nombre de terceros.
Para acceder a esta herramienta debe tener en cuenta:
- Estar Inscrito el Registro Único Tributario (RUT).
- Tener cuenta de inicio de sesión en el portal de DIAN o habilitarla a través del link https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefNuevosUsuarios.faces.
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