miércoles, 11 de diciembre de 2013

PAGO DE TASA DE VIGILANCIA A EMPRESAS SUPERVISADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE


BOLETÍN INFORMATIVO DSA  - 10 DE DICIEMBRE DE 2013 -

El día 27 de noviembre de 2013 se expidió la resolución N° 0005150 mediante la cual, el Ministerio de Transporte fijó el porcentaje (%) de la Tasa de Vigilancia a pagar la cual se liquida sobre los ingresos brutos correspondientes al año 2012, y que se discrimina de la siguiente forma:
  • Para los vigilados del sector portuario (0.2605%).
  • Para los vigilados de la Delegada de Concesiones e Infraestructura, la Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor y el Sector Fluvial (0.1 %).
La fecha límite para el pago oportuno de esta obligación es hasta el 26 de diciembre de 2013, en horario bancario conforme a lo establecido en la resolución N° 15372 del 06 de diciembre de 2013 expedida por la Superintendencia de Puertos y Transporte.
Clic a continuación para ampliar esta información:

Resolución 15372 del 6 de diciembre de 2013

Resolución 5150 del 27 de Noviembre de 2013


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